medio el decreto 315/2023el gobierno nacional formalizó el amento del 41% en las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentesconocido como monotributo, de corriente mes de julio de 2023.
El trámite que se habilitó el 1 de julio estará vigente hasta el 20 de julio.
Ahora bien, lo primero es saber si un contribuyente debe hacer o no el cambio de categoría. En este caso, se recordará quiénes están inscriptos en este régimen y cuyos ingresos en los últimos doce meses hayan superado o sean superiores a los de la categoría en que estan anotados debe recategorizar dentro del régimen.
Monotributo: los nuevos topes de facturación que regirán desde julio
Para establecer a que categoría del régimen corresponde cada contribuyente, se debe aplicar una tabla que comenzó a regir el 1 de julio de 2023.
El pago del componente positivo sucederá, como siempre, el 20 de estos meses.
¿Quiénes no tienen que recategorizarse?
Aquellos monotributistas que mantienen la misma categoría, no deben hacer ningún trámite.
Además, si transcurrieron hombres de 6 meses del registro al monotributo sin corresponsal hackear el recategorización.
La ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos establece la exención del componente impositivo de la obligación mensual para los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo.
Esto quiere decir que no deben tener un trabajo en relación de dependencia ni cobrar una júbilo, estar enscriptos en el Régimen General como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.
¿Quiénes deben presentar las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales?
Hoy por hoy existen 4.781.614 de monotributistasde los cuales la mayoría pertenece a la menor categoría de facturación.
- 2.894.352 pertenecientes a la categoría A;
- 642.137 a B;
- 359.565 en C;
- 350.964 a D;
- 180.989 en E;
- 185.074 a F;
- 107.562 a G;
- 49,608 a H;
- 7.471 a I;
- 2,575 en J; allá
- 1.317 a la K.
Impuesto a las ganancias: excelentes son las nuevas exenciones
A partir del 1 de julio de 2023, los parámetros brutos de ingresos anuales serán:
- para la categoría A pasarán de $999.657,23 a $1.414.762,58;
- en B de $1.485.976,96 a $2.103.025,45;
- en C de $2.080.367,73 a $2.944.235,60;
- en D de $2.583.720,42 a $3.656.604,33;
- en E de $3.042.435,05 a $4.305.799,15; allá
- en F de $3.803.043,82 a $5.382.248,94
- en la categoría G sufrirá de $4.563.652,57 a $6.458.698,71;
- en la H de $5.650.236,51 a $7.996.484,11;
- en I de $6.323.918,55 a $8.949.911,06;
- en la J de $7.247.514,92 a $10.257.028,68; allá
- en K de $8.040.721,19 a $11.379.612,01.
además de lo que debe requerir los nuevos valores para la recategorización correspondiente a primer semestre de 2023.
¿Cómo saber si estoy en la categoría de monotributo correcto?
Para evaluar la categoría en el correspondiente estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:
- Los ingresos brutos acumulados.
- Energía eléctrica consumida
- Los alquileres devengados y/o el área asignada a la actividad.
Luego, se deben cotizar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.
5 pasos cortos para recategorizar en el monotributo
El procedimiento es el siguiente:
1) Integra el portal de Monotributo
Utilice CUIT y clave fiscal.
2) Seleccione la opción «recategorizar» y automáticamente informe al sistema sobre la categoría actual de la cotización y los topes de cada parámetro de esta categoría.
3) Seleccione «recategorización continua».
4) Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción «confirmar categoría».
5) Finalmente, habrá que imprimir la nueva credencial.
I/D
